
¿Cómo puedo solucionar el problema de la estancia ilegal al solicitar la tarjeta de residencia?
Cómo subsanar la situación de estancia irregular al solicitar la tarjeta de residencia
Si te estás preguntando cómo superar la situación de presencia ilegal al solicitar la tarjeta verde, no estás solo: este es uno de los retos migratorios más comunes a los que se enfrentan las familias de Los Ángeles y California. Muchas personas entraron en Estados Unidos sin pasar por el control de fronteras (sin ser admitidas por un agente de control fronterizo), permanecieron en el país sin estatus legal y ahora cuentan con un familiar ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR) que cumple los requisitos y que ha presentado —o tiene previsto presentar— una solicitud de pariente inmediato en su nombre.
Si esa es tu situación, puede que haya una vía legal para salir adelante. Sigue leyendo para entender cómo funciona el proceso de exención provisional por presencia ilegal y si puedes cumplir los requisitos.
Presencia ilegal
EnEn general, estar en EE. UU. sin permiso da lugar a un concepto de la la legislación de inmigración denominado «presencia ilegal ». Esto se aplica a cualquier estancia no autorizada —sin visado ni tarjeta de residencia— posterior al 1 de abril de 1997.
HaviLa presencia ilegal conlleva dos problemas importantes problemas. En primer lugar, puede impedir que solicitar la tarjeta de residencia mientras permanece en Estados Unidos. Además, puede también impedir que accedas a otros beneficios de inmigración. En segundo lugar —y no menos importante—, salir de EE. UU. sin una exención conlleva un grave riesgo. Se te podría que se le prohíba volver durante 3 o 10 años. La prohibición de tres años se aplica si has acumulado más de 180 días, pero menos de un año. La prohibición de 10 años se aplica si has acumulado un año o más. Es fundamental comprender estas prohibiciones antes de emprender cualquier acción.
Para obtener más información sobre cómo se considera la presencia ilegal se considera «presencia ilegal» según la legislación de inmigración de EE. UU. — y qué implica para tu —, lee nuestra entrada relacionada: ¿Puedo obtener una tarjeta verde si entré en EE. UU. sin permiso?
Según la legislación vigente, los solicitantes con una y que se encuentren en situación irregular se enfrentan a una vía específica. Por lo general, deben viajar al extranjero, a su para obtener un visado de inmigrante. Esto les permite regresar legalmente y solicitar la admisión como residente permanente legal . Este proceso implica entrevistas consulares y la presentación coordinada trámites coordinados entre múltiples organismos organismos gubernamentales. Por ese motivo, elegir al abogado de inmigración adecuado desde el principio puede influir significativamente el resultado de su caso.
Exención provisional
Para poder regresar a EE. UU., los solicitantes deben contar con una exención provisional aprobada, que les exima de la inadmisibilidad por presencia ilegal y les permita seguir adelante con el proceso de obtención de la tarjeta de residencia.
Por lo general, los solicitantes pueden solicitar la exención provisional (I-601A) mientras aún se encuentran en EE. UU., antes de salir del país para continuar con el proceso de visado de inmigrante y la entrevista en el extranjero. Una exención provisional aprobada garantiza, por lo general, la entrada del solicitante en EE. UU. una vez finalizado el proceso de entrevista.
Salir de Estados Unidos sin una exención provisional aprobada podría ser un error muy costoso. Dependiendo del tiempo que hayas permanecido en el país sin autorización, se te podría prohibir volver a entrar en EE. UU. durante un máximo de 10 años. Por eso es fundamental solicitar la exención provisional antes de viajar al extranjero: no salgas del país hasta que se haya aprobado tu exención.
Requisitos de elegibilidad para la exención provisional
Para poder optar a una exención provisional, debes:
- Tener 17 años o más
- Debes encontrarte físicamente en EE. UU. para presentar tu solicitud de exención provisional.
- Tengo un expediente pendiente ante el Departamento de Estado de EE. UU. (solicitud de visado para familiares directos aprobada)
- Saldrá de EE. UU. para obtener el visado de inmigrante
- Poder demostrar que la denegación de su admisión en EE. UU. causaría graves dificultades a su CÓNYUGE o PADRE/MADRE, que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal.
- Tu único motivo de inadmisibilidad es que entraste sin pasar por el control de inmigración y permaneciste en EE. UU. sin permiso durante más de seis meses.
Lamentablemente, tal y como está la ley en este momento, los solicitantes con presencia ilegal y una petición de visado aprobada a través de su hijo mayor de edad ciudadano estadounidense no cumplen los requisitos para acogerse a la exención provisional. Por lo tanto, si estos solicitantes no tienen un progenitor o cónyuge ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR), no podrán acogerse a la exención y estarán sujetos a la prohibición por presencia ilegal si salen de EE. UU. En estas situaciones complejas, es especialmente importante contar con un abogado especializado en inmigración cualificado, y no con un preparador sin licencia. Infórmate mejor sobre los riesgos de contratar a un abogado más barato o a un notario antes de tomar cualquier decisión sobre tu caso.
¿Qué ocurre una vez aprobada tu exención I-601A? El camino hacia la tarjeta verde a pesar de la presencia ilegal
Recibir una exención provisional aprobada es un hito importante, pero no es el paso definitivo. Saber qué viene a continuación puede ayudaros a ti y a tu familia a prepararos y a reducir la ansiedad que genera el proceso.
A continuación se ofrece una descripción general de lo que suele ocurrir tras la aprobación del formulario I-601A:
- Tramitación en el Centro Nacional de Visados (NVC): Una vez aprobada tu solicitud de pariente directo (Formulario I-130) y concedida tu I-601A, tu expediente se remite al Centro Nacional de Visados. El NVC recopila los documentos y las tasas requeridos y, a continuación, programa tu entrevista para el visado de inmigrante en el consulado o la embajada de EE. UU. en tu país de origen.
- Entrevista consular en el extranjero: Deberás viajar a tu país de origen para asistir a una entrevista para el visado de inmigrante. En esta fase, los funcionarios consulares revisan tu solicitud, verifican tu identidad y realizan controles médicos y de antecedentes. Tu exención provisional aprobada resuelve el motivo de inadmisibilidad por presencia ilegal, pero el funcionario consular seguirá comprobando que no se aplique ningún otro motivo de inadmisibilidad.
- Expedición del visado y regreso a EE. UU.: Si el funcionario consular aprueba tu visado de inmigrante, recibirás un visado de inmigrante que te permitirá regresar a Estados Unidos como residente permanente legal (titular de la tarjeta verde). Por lo general, recibirás tu tarjeta verde por correo poco después de tu regreso.
Los plazos de cada uno de estos pasos pueden variar considerablemente en función de la carga de trabajo de USCIS y del NVC, de tu país de nacimiento y de si tu solicitud está completa. Mantenerte organizado y colaborar estrechamente con tu abogado de inmigración durante todo el proceso puede ayudarte a evitar retrasos innecesarios.
¿Qué significa «dificultad extrema» en el contexto de una solicitud de tarjeta de residencia mediante exención por presencia ilegal?
Uno de los requisitos más importantes —y más malinterpretados— para la exención provisional I-601A es demostrar que la separación supondría un sufrimiento extremo para un cónyuge o progenitor ciudadano estadounidense o residente permanente legal que cumpla los requisitos. El mero hecho de estar separado de un familiar no cumple automáticamente este requisito; el USCIS espera una demostración exhaustiva y documentada del sufrimiento que vaya más allá de las dificultades normales que conlleva la separación.
A la hora de evaluar una solicitud basada en dificultades extremas, el USCIS puede tener en cuenta factores como:
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Salud:
Afecciones médicas graves que afecten al familiar que cumple los requisitos, o la falta de atención médica adecuada a su disposición en el país de origen del solicitante en caso de que este se trasladara allí.
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Repercusiones financieras:
Pérdida del empleo, de los ingresos o de los bienes; imposibilidad de hacer frente a las obligaciones económicas; dependencia del solicitante para obtener apoyo económico.
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Formación:
Interrupción de la educación del familiar que cumple los requisitos o de sus hijos.
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Vínculos personales:
La intensidad de los lazos familiares en EE. UU., la antigüedad de la residencia y los vínculos con la comunidad.
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Condiciones del país:
Situaciones peligrosas o inestables en el país de origen del solicitante que podrían afectar al familiar con derecho a la reagrupación familiar si este se trasladara allí.
Para presentar un caso sólido de «dificultades extremas», suele ser necesario recopilar documentación justificativa: historiales médicos, extractos financieros, cartas de profesionales sanitarios, informes sobre la situación del país y otros documentos. Según nuestra experiencia, las solicitudes que están bien documentadas y claramente organizadas tienen más posibilidades de ser bien recibidas por el USCIS. Dado que hay mucho en juego, este es un ámbito en el que contar con representación legal cualificada puede resultar especialmente valioso.
En resumen, la exención provisional del formulario I-601A es la herramienta principal para superar la inadmisibilidad basada en la presencia ilegal, ya que permite a los solicitantes que cumplan los requisitos tramitar su tarjeta de residencia a pesar de haber tenido presencia ilegal en su historial migratorio. Si crees que puedes cumplir los requisitos, lo más importante que puedes hacer es consultar con un abogado especializado en inmigración con experiencia.
[1]https://thegrandelawfirm.com/us-without-permission-get-green-card/


